
Confirmar el borrador de la Renta sin revisarlo detenidamente puede salir caro. Rosa Luz Arias, asesora fiscal de la Asesoría Joaquín Charro, explica que uno de los puntos clave es el umbral de ingresos que determina la obligación de presentar la declaración. Si solo se tiene un pagador, el límite es de 22.000 euros anuales. Sin embargo, si hay más de un pagador y el segundo supera los 1.500 euros, el umbral baja a 15.876 euros, equivalente al salario mínimo interprofesional.
Un punto importante es que los beneficiarios de subsidios o prestaciones por desempleo están obligados a presentar la declaración, ya que la Seguridad Social cruza datos con la Agencia Tributaria para comprobar si el contribuyente mantiene derecho a la prestación. No obstante, la normativa fiscal aprobada el 14 de marzo establece que este año no se aplicará dicha obligatoriedad si no se superan los mínimos establecidos por la ley.
Otro error común es no presentar la declaración cuando no se está obligado, pero se han tenido retenciones de IRPF. En estos casos, renunciar a hacerla puede suponer la pérdida del derecho a recibir una devolución. Por ello, Arias recomienda revisar siempre los datos antes de enviar el borrador y asegurarse de que no se está dejando dinero en manos de Hacienda.
Entre las novedades de este año destaca la autoliquidación rectificativa. Hasta ahora, si un contribuyente detectaba un error tras presentar su declaración, debía realizar una solicitud formal a la Agencia Tributaria. En esta campaña, se podrá corregir directamente dentro de la declaración presentada. Además, se ha incorporado una nueva casilla que permite cambiar de tributación individual a conjunta si resulta más favorable, algo que antes era irreversible una vez enviada la declaración.